Consultoría de Cumplimiento del Reglamento Europeo de IA
Consultoría técnico-organizativa sobre el Reglamento (UE) 2024/1689: inventariamos los sistemas de IA que usa tu organización, los clasificamos por riesgo y dejamos montadas la documentación, las políticas internas y la formación que exige la norma. No es asesoramiento jurídico ni sustituye la intervención de un abogado: es la parte de ingeniería y de procedimiento que un despacho no construye.
Qué cubrimos
El trabajo que hay entre la norma y tus sistemas
Construimos y operamos software con IA en producción desde el primer día. Sabemos qué hay dentro de cada herramienta, qué modelo la mueve, qué datos toca y qué registros deja. El cumplimiento se apoya en eso, no en rellenar una plantilla.
El encargo empieza siempre por el inventario: sin saber qué sistemas hay no se puede clasificar nada. Termina con material que tu equipo pueda mantener sin nosotros.
Inventario y clasificación de riesgo
Localizamos cada sistema de IA de la organización, incluidos los que entraron sin pasar por informática. De cada uno anotamos proveedor del modelo, función, datos que trata, rol de tu empresa —proveedor o responsable del despliegue— y nivel de riesgo preliminar.
Políticas internas de uso
Una norma corta y legible sobre qué se puede hacer con IA y qué no: herramientas aprobadas, datos que nunca se pegan en un chat, cuándo la revisión humana es obligatoria y quién responde de cada decisión. Escrita para que la lea todo el mundo, no para archivarla.
Documentación técnica
Dejamos por escrito lo que hay que poder enseñar: arquitectura, proveedores, finalidad, datos de entrada, límites conocidos, pruebas realizadas y registro de versiones. En un formato vivo, que se actualiza cuando cambia el sistema.
Formación en alfabetización en IA (art. 4)
Tu plantilla hace nuestro curso ALF-01 en GestCampus: 8 horas, 8 unidades y test final, con el registro de quién, cuánto tiempo y con qué nota que la Comisión Europea considera suficiente para el artículo 4. Cada persona recibe un diploma verificable; la empresa, el informe de grupo para su expediente.
Preparación de la transparencia (art. 50)
Revisamos interfaces, textos y salidas de cada sistema para que la persona sepa que habla con una IA o que lee contenido generado por una IA: avisos en pantalla, marcado del contenido y campos de respuesta de las API.
Hasta dónde llegamos. Nuestro trabajo es técnico y de procedimiento. Los dictámenes jurídicos vinculantes y la representación ante la AESIA los firma un abogado, no nosotros: le entregamos el inventario, la documentación técnica y las evidencias. Desde ahí construye su criterio. Si aún no tienes despacho, búscalo con práctica en protección de datos y en derecho digital.
Cómo lo hacemos
Seis pasos
El encargo empieza siempre por el inventario y termina con un expediente fechado que tu equipo puede mantener sin nosotros.
Entrevista
Una hora con quien manda y con quien usa las herramientas. Preguntamos por herramientas, no por «inteligencia artificial»: así salen las que nadie sabía que se usaban.
Inventario y clasificación
Levantamos la tabla de sistemas de IA: proveedor, para qué se usa, qué datos toca, papel de tu empresa y riesgo preliminar. Lo que no se puede confirmar se escribe «pendiente», nunca a ojo.
Política de uso
Dos o tres folios que la plantilla lee y firma: herramientas aprobadas, datos que no entran en ninguna, cuándo revisa una persona, quién responde y cómo se comunica un incidente.
Transparencia
Revisamos chatbots, documentos generados y API. Donde falte el aviso del artículo 50 se pone; queda por escrito de quién era la obligación en cada sistema.
Formación
Tu plantilla hace el curso ALF-01 en GestCampus: 8 horas, 8 unidades y test final. La plataforma registra quién, cuánto tiempo y con qué nota; cada persona recibe su diploma.
Expediente y revisión
Te entregamos la carpeta fechada con todo lo anterior y una revisión programada, anual o cuando cambie una herramienta. Es la parte que se repite: un inventario de IA envejece en meses.
Qué te llevas
Lo que queda en tu empresa cuando terminamos
Documentos que se pueden enseñar, no un informe de consultoría que se archiva. Estos son tres de ellos, con datos ficticios; el resto se ve en la entrevista.
Entregable 1
Inventario de sistemas de IA
Una tabla viva con cada sistema: proveedor, uso, datos que toca, papel de tu empresa y riesgo preliminar. Es la base de todo lo demás y lo primero que pediría una autoridad.
Entregable 2
Política de uso de la IA
La norma interna, corta y legible, que firma la plantilla. Herramientas aprobadas, datos que no entran en ninguna, revisión humana obligatoria, decisiones sobre personas e incidentes.
Entregable 5 · Formación
Diploma de la formación en IA
Un diploma por persona, con código verificable en la web y firmado por Pedro Mulero como tutor del curso. Para la empresa, el informe de grupo con horas, notas y códigos: la prueba del artículo 4.
Además: la revisión de los avisos de transparencia (artículo 50), la documentación técnica de los sistemas que operes con tu marca y el expediente completo, fechado. Los documentos de las imágenes son ejemplos con datos ficticios.
Presupuesto
Cada empresa es un caso y se presupuesta como tal
Presupuesto personalizado
No hay tarifa plana, a propósito: no cuesta lo mismo una microempresa con tres herramientas que una empresa de doscientas personas con un sistema de selección. Lo que mueve el precio es cuántos sistemas hay que inventariar, cuántas entrevistas hacen falta, si hay algún uso de alto riesgo, si además vendes con tu marca algo con IA dentro, cuántas personas hay que formar y si quieres la revisión periódica. Con la primera conversación tenemos suficiente para pasarte una propuesta cerrada.
Cuéntanos en el mensaje qué herramientas de IA usáis y para qué. Con eso podemos decirte si el encargo tiene sentido, qué haría falta y cuánto trabajo es. Te contesta una persona del equipo, sin compromiso.
Aviso legal del servicio
Este servicio constituye consultoría operativa y técnica en materia de cumplimiento de IA. No constituye asesoramiento jurídico ni sustituye la intervención de un abogado colegiado.
Las referencias normativas de esta página remiten al Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial. Su texto y su calendario de aplicación prevalecen sobre cualquier resumen publicado aquí.